jueves, 13 de septiembre de 2012

ANALISIS ECONOMICO DEL DERECHO ALFREDO BULLARD


ANALISIS ECONOMICO DEL DERECHO ALFREDO BULLARD

El análisis económico del derecho es la aplicación de las teorías y métodos de la economía al sistema legal para reforzar, corregir o completarlo. Bullard trata de dar un panorama general de este tema, como un método de trabajo que permite ampliar las fronteras del abogado y economista de manera insospechada, ayuda a romper muchos paradigmas y plantear las cosas de manera distintas.
Se fundamenta que entre el derecho y la economía existe un elemento central: la eficiencia. Al enfrentar, tanto la economía como el derecho el problema de la escasez de recursos y como asignarlos, se busca siempre una solución eficaz socialmente. Uno puede razonar de distintas maneras cuando entiende la lógica económica vinculada a las instituciones legales y entender a las instituciones legales como esquemas de incentivos que como tales pueden ser ajustados para generar mejores y peores incentivos y sobre todo para evitar que las reglas legales se vuelvan en desistentivos.
Por ejemplo respecto a la propiedad intelectual, si le doy exclusiva a alguien sobre algo entonces ese alguien va a tener mayor incentivo en crear ese algo; es decir, su fin es proteger la creatividad. Sin embargo ¿el beneficio marginal de dar esa protección supera los costos marginales de dar esa protección que incluye muchas veces la creación de monopolios sobre ideas? entonces ¿cuán necesaria es la protección de la propiedad intelectual para generar creatividad? Si no hay propiedad intelectual, existirán otros mecanismos de protección e incentivos distintos como por ejemplo la venta más cara por la exclusividad de la obra o idea.
El análisis económico del derecho puede tener todo tipo de base ideológica, es decir se puede justificar en cualquier tipo de regulación, ámbito civil, comercial, ambiental, penal, etc. La visión jurídica tradicional suele tener un cambio, pues el abogado para resolver el problema lo primero que pensaba era en la regulación ¿un conjunto de reglas resuelven el problema? dejan de ser constructivista y comienzan a darse cuenta que se pueden llegar a mejore s soluciones. Sin embargo, a pesar de este aporte importante, analizar el Derecho sólo desde éste método es un error, limitarse sólo a un aspecto es caer en un extremo, pues el deber ser de la convivencia social que busca el Derecho requiere de la confluencia de todas las ciencias y técnicas humanas.
Bullard Hace Hincapié en una metáfora que desde su punto de vista resulta entendible que un premio que se entrega todos los años por internet llamado PREMIO DARWIN se le entregue a una persona con la meritoria tarea de haber hecho una estupidez tan gran que ha muerto en el intento, y curiosamente se llamada PREMIO DARWIN por la teoría que él tenía de que: Los genes estúpidos van a ser eliminados más rápidamente que los inteligentes, mostrando que si uno piensa incorrectamente va a terminar en el lugar equivocado
Existen innumerables análisis del Sistema Económico del Derecho, lo que Bullard sostiene que es lo correcto es entender que es lo que va a ocurrir con la conducta de los seres humanos como previsora; en cambio el derecho es un sistema de regulación de conductas si unimos economía y derechos sería una combinación casi perfecta.
›  EN LA APLICACIÓN DEL ANALIS ECONÓMICO:
Sin propiedad intelectual, el incremento de imaginación e intelecto conlleva a que el usuario tiene más maneras de llevar a cabo un incentivo para el común uso y alcance de todos.
›  LA BASE IDEOLOGICA:
Se basa a las responsabilidades civiles contractuales y una de las cosas que el análisis económico te conlleva a descubrir la opción de la libertad del usuario.
La posición de Bullar es un gran aporte aunque a veces controvertida, ha permitido la introducción de un razonamiento económico dentro del campo del Derecho. La proliferación del método "economicista" ha adquirido en nuestros tiempos especial importancia debido al auge del liberalismo, en el Perú. Esta integración, entre derecho y economía, busca maximizar beneficios al menor costo o maximizar resultados con recursos escasos. Bajo ese esquema, lo que Bullard predica es que el legislador debe considerar al momento de elaborar leyes por ejemplo: es incentivar o desincentivar conductas, esto con el objeto del desarrollo de los países.


 Es fundamentalmente social, el principio básico consiste en que el costo de diluir los daños económicos del accidente debe pasar a formar parte del costo de determinado bien o servicio que pudiera ser ofrecido con menos riesgo. Uno puede razonar mejor cuando entiende la lógica económica (que no es otra cosa que el sentido común entrenada en derecho) vinculada a las instituciones legales y entender a las instituciones legales como esquemas de incentivos que como tales pueden ser ajustados para generar incentivos y sobre todo para evitar que las reglas legales se vuelvan en desistentivos.
Respecto a la propiedad intelectual, si le doy exclusiva a alguien sobre algo entonces ese alguien va a tener mayor incentivo en crear ese algo; es decir, su fin es proteger la creatividad. Sin embargo ¿el beneficio marginal de dar esa protección supera los costos marginales de dar esa protección que incluye muchas veces la creación de monopolios sobre ideas? entonces ¿cuán necesaria es la protección de la propiedad intelectual para generar creatividad? Si no hay propiedad intelectual, existirán otros mecanismos de protección e incentivos distintos como por ejemplo la venta más cara por la exclusividad de la obra o idea.
Considero que analizar el Derecho sólo desde éste método es un grave error, limitarse sólo a un aspecto es caer en un extremo, pues el deber ser de la convivencia social que busca el Derecho no sólo se puede lograr por dicho método sino requiere de la confluencia de todas las ciencias y técnicas humanas; además que, su metodología puede ser criticable puesto que en determinados casos se estima una determinada valoración monetaria de la vida o la salud humana.

Analisis economico del derecho alfredo bullard


PRACTICA CALIFICADA SOBRE INFORMATICA JURÍDICA Y DERECHO


PRACTICA CALIFICADA SOBRE INFORMATICA JURÍDICA Y DERECHO

1. Según Ríos, ¿qué es comunicación y cuál es su trascendencia?
Describe fenómenos con características y significados  comunes.” Son símbolos de los objetos o fenómenos, es un término que se refiere a elementos o cualidades comunes”.
2. ¿Cuáles son las tres funciones principales del lenguaje?
·        Es el vehículo de la comunicación.
·        Refleja la permeabilidad del individuo y la cultura.
·        Hace posible el crecimiento de la cultura.
3. ¿Qué es la semiótica? ¿En qué areas las divide Morris?
Es la estética que se apoya en el estudio de los signos para llegar a una 'precisación' o explicación del arte. Ciencia de los signos (VI mal llamada también semiología.
Charles W. Morris propone una división de la semiótica, en pura, es decir aquella semiótica que elabora un lenguaje para referirse acerca de los signos, y una descriptiva, o lo que sería una semiótica que se aboca al estudio de los signos ya existentes, aunque tal división no es totalmente aceptada. El mismo autor hace clara distinción entre la semiótica como ciencia de los signos y la semiosis, entendiendo con ello el proceso en el cual algo opera como signo.
Frecuentemente se distingue entre semiótica lógica y no lógica; el ejemplo de esta última sería la estética.
4. ¿Cuál es la relación entre la Informática Jurídica y derecho?
La relación entre la informática jurídica y derecho tiene dos líneas de investigación:
Los aspectos normativos  del uso de la informática, desarrollados bajo el Derecho de Informática y  la aplicación  de la informática en el tratamiento de la información jurídica.
Juan José Ríos  Estavillo, la relación  que existe entre estas dos se da desde  la regulación de las normas jurídicas mexicanas: desde la Constitución de 1917 hasta las publicaciones legales inferiores.
5. ¿Cuál es la importancia de la información desde el punto de vista jurídico?
Entrada de documentos legales reglamentos y jurisprudencias
Almacenamiento de la información legal
Búsqueda de documentos



6. ¿En qué consiste la Informática Jurídica Documental?
Es una rama de la informática jurídica, que consiste en  la aplicación de técnicas informáticas a la documentación jurídica en los aspectos de técnicas  informáticas a la documentación jurídica en los aspectos sobre análisis, archivo y recuperación de información contenida en la información  contenida en la legislación, jurisprudencia, doctrina o cualquier otro documento con contenido jurídico relevante.
 7. Señale la utilidad de la Informática Jurídica de Gestión? De un Ejemplo práctico.
Es útil para organizar y controlar la información jurídica de documentos, expedientes, libros, etc. Ya sea mediante la aplicación de programas de administración que permitan crear identificadores y descriptores para  la clasificación de dicha información.
EJEMPLO PRACTICO: En un proceso de desalojo. Por la informática jurídica de gestión podemos saber en qué etapa del proceso se encuentra y de los trámites realizados dentro el proceso.
 8. ¿En qué consiste la informática Jurídica metadocumental?
consiste en   obtener de las aplicaciones de la informática al derecho resultados que vayan más allá de la recuperación y reproducción de información (documental o no), con la pretensión de que la maquina resuelva por si misma problemas jurídicos, o al menos seas un auxilio y contribuya al avance  de la teoría jurídica.
Es la que  a diferencia de la informática jurídica documental se caracteriza por conformarse  con bases de conocimiento jurídico que abarca una gran variedad de esfuerzos y proyectos.
 9. ¿En qué consiste la Heurística y cuál es su relación con la Informática Jurídica?
Es generalmente considerado que la capacidad heurística es un rasgo característico de los humanos desde cuyo punto de vista puede describirse como el arte y la ciencia del descubrimiento y de la invención o de resolver problemas mediante la creatividad y el pensamiento lateral o pensamiento divergente. Según el matemático George Pólya la base de la heurística está en la experiencia de resolver problemas y en ver cómo otros lo hacen. Consecuentemente se dice que hay búsquedas ciegas, búsquedas heurísticas (basadas en la experiencia) y búsquedas racionales.
10. ¿En qué consiste la Teoría General de sistemas aplicada al derecho?
Es un estudio análogo del sistema la idea de sistema implica el hecho de ordenación y estructuración aunque algunos autores conciben la estructura como la anteposición del propio sistema.
Pude decirse que toda estructura supone determinadas relaciones entre los elementos al mismo tiempo de una ordenación relativamente estable  las partes de un todo.
Todo sistema, por ser evolución organizada, posee una orientación teleológica (uno objetivos que complementar) así como una conducta regularizada para tal fin; en esencia, es una unidad dinámica de acción.
11. ¿De qué trataba la jurimetría?
Disciplina que tiene como propósito o razón la posibilidad de la sustitución del Juez por la computadora, finalidad que por los momentos es inaceptada, simplemente porque a través de la jurisdicción se emana una sentencia, y para ello, qué mejor candidato que un ser humano que por supuesto tiene el sentido racional, con lo que pueda acudir al sistema de integración y poder a través de las interpretaciones y lógica jurídica dar una sentencia llena de la interrelación de la paz y la justicia, para lograr verdaderas sociedades, verdaderas democracias y libertades.
12. ¿Por qué se dice que la Teoría General del Control es esencial para la Cibernética? 
Es esencial porque la Cibernética es la ciencia que se ocupa de los sistemas de control y de comunicación en las personas y en las máquinas, estudiando y aprovechando todos sus aspectos y mecanismos comunes. Un concepto importante en cibernética es el de la retroalimentación, parte del principio de que todos los elementos de una totalidad de un sistema deben comunicarse entre sí para poder desarrollar interrelaciones coherentes. Sin comunicación no hay orden y sin orden no hay totalidad, lo que rige tanto para los sistemas físicos como para los biológicos y los sociológicos.

Test de informatica juridica y derecho


EXPEDIENTE ELECTRONICO


EXPEDIENTE ELECTRONICO
A partir de la definición del expediente sustentado en papel, surge en el año 1998 el Decreto Nº 65, referente al procedimiento administrativo electrónico. Este regula la utilización de mecanismos electrónicos para dar soporte al expediente, y sienta las normas sobre el procedimiento  administrativo electrónico, las disposiciones generales, firma electrónica y digital.
Básicamente este decreto establece que las actuaciones en la administración pública, así como los actos administrativos que se dicten en las mismas, podrán realizarse por medios informáticos.
Destaca que "El expediente electrónico tendrá la misma validez jurídica y probatoria que el expediente tradicional. La documentación emergente de la trasmisión a distancia, por medios electrónicos, entre dependencias oficiales, constituirá, de por si, documentación auténtica y hará plena fe a todos sus efectos en cuanto a la existencia del original trasmitido. Todo documento electrónico autenticado mediante firma digital, se considerará como de la autoría del usuario al que se haya asignado la clave privada correspondiente."
El expediente electrónico provee varias ventajas frente al soporte papel. Algunas de ellas se deducen directamente del reemplazo del papel, mientras que otras derivan de la tramitación electrónica de la documentación en las organizaciones públicas. Algunas de estas ventajas descritas en detalle en Expediente Electrónico son:
- A corto plazo:
§  Transparencia y acceso
§  Eficiencia
§  Fácil ubicación de expedientes
§  Seguridad
§  Mayor dificultad de adulteración
§  Calidad de la gestión
§  Disminución de costos
§  Mantenimiento de la información
- A mediano plazo:
§  La obtención de indicadores permite identificar los problemas de la gestión y así definir procedimientos para mejorar la misma.
§  Menor utilización de espacio físico a medida que la cantidad de papel disminuye.
- A largo plazo:
§  Los expedientes serán tratados uniformemente sin importar la dependencia a la que pertenecen.
§  Eliminación del archivo físico de expedientes una vez que se tengan todos en forma electrónica.

Firma electrónica: En los expedientes electrónicos se suele emplear la firma electrónica en procura de que: Quien firma una actuación en alguna etapa del expediente, sea quien dice ser (concepto de “no repudio”)  Todo aquello que sea firmado sea cifrado hasta que llega a su destinatario, no pudiendo accederse a su contenido por personas no autorizadas.  En caso de interceptación no autorizada del expediente, e intento de modificarlo, ello se detecte automáticamente.
FIEE - Formato de Intercambio de Expedientes Electrónicos
En el año 2010 AGESIC (Agencia para el Gobierno Electrónico, la Sociedad de la Información y el Conocimiento) definió el un formato de almacenamiento digital para el intercambio de expedientes. El formato se basa fuertemente en estándares de amplia adopción: PDF (Estándar ISO 32000-1), en particular en la definición de PDF/A para el almacenamiento de documentos electrónicos a largo plazo, plasmado originalmente en el estándar ISO 19005-1:2005 y MIME con su extensión segura S/MIME.
FIEE almacena la carátula del expediente y cada actuación como un PDF firmado electrónicamente y agrega a cada actuación unafirma electróncia de las firmas anteriores para garantizar integridad. Toda esta información es almacenada en un único documento utilizando el estándar S/MIME.
Las principales fortalezas de FIEE son:
§  Los expedientes electrónicos en formato FIEE son independientes del sistema que los creó.
§  Un expediente FIEE es 100% auto contenido, no requiere información adicional para que un visualizador FIEE pueda desplegarlo
§  Impide la modificación de la información, no solo al firmar, sino al visualizar, ya que elimina la inclusión de adjuntos que contienen scripts y otros objetos programables.

Actualmente en EL Perú
Para el primer semestre de este año está proyectada la puesta en marcha del expediente digital, el cual dará lugar a un modelo propio de justicia en red, aseguró el presidente del Poder Judicial, César San Martín Castro, quien agregó que esta iniciativa forma parte de un vasto programa de tecnologías de la información para facilitar el acceso a la justicia, de acuerdo a las exigencias y tendencias existentes en todo el mundo.
Al exponer su plan de trabajo para su segundo año de gestión, el magistrado aseguró también que en breve será remitido el proyecto de Ley general de casación tendiente no solo a mejorar y unificar el trámite de este recurso, en el que las denominadas sentencias de efectos generales tendrán un papel significativo, sino también a regular adecuadamente el acceso de causas a la Corte Suprema de Justicia.
Ello, como única forma de consolidar un tribunal supremo que unifique la jurisprudencia y afirme los valores de seguridad jurídica y justicia, añadió San Martín.
La autoridad aseguró también el fuerte impulso que recibirá el proceso de implementación de la nueva Ley procesal del trabajo que este año entrará en vigencia en la ciudad capital y, del nuevo Código procesal penal, que lo hará en 2013.
En este contexto, informó que recientemente se decidió reforzar el equipo técnico institucional laboral con la incorporación de un proyecto gerencial que permita un manejo más ejecutivo del proceso de implementación y consolidación de esta reforma. "La nueva organización estará compuesta por dos unidades eminentemente técnicas, una que se encargará estrictamente del aspecto jurisdiccional y otra compuesta por profesionales altamente calificados, como economistas, administradores y/o contadores, que gestionen a tiempo completo el aspecto administrativo”
Acercamiento a la justicia
La Corte de Junín será el distrito judicial piloto sobre las acciones que emprenderá la judicatura en su acercamiento al ciudadano, con el apoyo del BM. Así, se tiene previsto implementar diversos servicios informáticos, como quioscos multimedia para la expedición de antecedentes penales, pago de tasas judiciales, registro biométrico de firmas, y consulta de estado de expedientes. Además, la implementación del nuevo sistema de notificaciones electrónicas, entre otros.


Más celeridad
1 Las acciones para agilizar la justicia empiezan a dar resultados. Así,  las notificaciones se redujeron de 14 a 7 días.

2 Con la reforma laboral, se redujo el tiempo promedio de juicios en primera instancia, a un máximo de 4 meses.

3 Con la reforma penal, el tiempo promedio de los juicios se redujo de 28 a 9 meses.

Expediente electronico